Lo primero que debemos tener en cuenta a la hora de ponernos a buscar vivienda es que tendremos que decidir las características y condiciones que debe poseer la misma. Estas características y condiciones, que podemos dividir en dos grandes bloques, de alguna manera delimitan la búsqueda haciendo mas amplia o mas restringida, a saber:
Características propias de la vivienda: Como si va a ser de nueva construcción o de segunda mano, de promoción publica o privada, los metros cuadrados, numero de dormitorios y cuartos de baños, la distribución de sus dependencias, la situación, que tenga o no ascensor, garaje, jardín, calefacción, comunicaciones, accesos, distancia a centros urbanos, servicios públicos de la zona, etc.
Características propias de nosotros: Entre estas destacan el dinero disponible, el nivel y seguridad de los ingresos mensuales, la posibilidad de financiación, la libertad de movimientos, la distancia a nuestro centro de trabajo, necesidades personales, familiares, etc.
Una de las decisiones mas importantes que debemos de tomar es el tipo de vivienda que queremos adquirir, puesto que de esta decisión emanaran cosas tan importantes como en ambiente en el que viviremos, la forma de pago, posibles ayudas estatales, limitaciones a la venta o al precio que a la que la podemos vender, etc. Someramente podemos distinguir estos tipos de viviendas:
A) Vivienda publica: Son las construidas de acuerdo a los llamados planes de viviendas, que son instrumentos jurídicos que aprueban las instituciones publicas en las cuales se marcan las características de las viviendas, de las personas que pueden acceder a ellas, las ayudas económicas que se les van a conceder, etc. Por todo esto están limitadas en cuanto al precio de compra, que lo marca el plan de viviendas por metro cuadrado, y en cuanto a su precio de venta o alquiler. En este tipo de viviendas se distinguen las calificadas como V.P.O., o viviendas de protección oficial, y las calificadas como V.P.T., o viviendas de precio tasado, pudiendo ser ambas de promoción publica, cuando es el Estado, las CC.AA. o los ayuntamientos los que construyen viviendas para un determinado sector de población, o de promoción privada, cuando un promotor privado construye con la ayuda de un ente publico.
B) Vivienda Privada o libre: Es decir, no calificadas como oficial al no acogerse en su promoción a ninguna normativa de protección oficial ni plan de vivienda. No tienen ninguna limitación en cuanto al precio de venta, ni en cuanto a quien puede acceder a ella, ni en cuanto a la libertad de venderla o alquilarla, pero por el contrario no reciben ningún tipo de ayuda por parte de los entes públicos. En este apartado podemos distinguir:
B.1) Vivienda nueva: Ya sea totalmente acabada, o solo en plano, a través de cooperativa o de comunidad de propietarios.
B.2) Vivienda de segunda mano
Habiendo decidido sobre todo esto, y sobre todo aquello que cada uno quiera añadir, tendremos ante nuestros ojos el tipo de vivienda que queremos y que además podemos adquirir, es decir, tendremos el objetivo de nuestra búsqueda, con lo que podemos poner manos a la obra.
fuente: COAPI Madrid